Blog | Noticias

21jul

El 05 de julio del corriente año se publicó en el BOE, el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, con

Miguel Angel Chamorro Arroyo autonomos, construccion, empleo, emprendedores, industria, oportunidad, profesionales, reforma fiscal

Entre otras  medidas prevalece ventajas para los CONTRATOS FORMATIVOS:

Se establece el régimen de implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y recoge otras medidas para favorecer la ocupación.

 

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene como objeto el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación y que sean mayores de 16 años y menores de 25, o menores de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, puedan recibir una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodo de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. Todo previa inscripción  en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por el propio interesado.

  

Dentro las medidas de apoyo a la contratación que se contienen una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por un importe de 300 euros, durante un máximo de seis meses, por la contratación con carácter indefinido de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

Se prevén medidas para el fomento del uso de los contratos formativos previstos por el artículo 12 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, cuando éstos sean celebrados con personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Así, respecto al contrato en prácticas se establece una bonificación adicional hasta alcanzar el 100 por cien de incentivo en las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes, mientras que, en el caso del contrato para la formación y el aprendizaje se prevé que la cuantía máxima de las bonificaciones inherentes a la actividad formativa se pueda elevar a través de la modificación de su regulación. Se pretende  dar un impulso al contrato para la formación.


 Por tanto,  esta norma va dirigida a fomentar a la contratación de jóvenes trabajadores que ni tenga formación y estén en situación de DESEMPLEO.


Para mas información pregunte en el alben asesores.

 

Nuevo comentario