Las Indemnizaciones de despido estarán sujetas a IRPF desde un límite.
Miguel Angel Chamorro ArroyoLas
indemnizaciones por despido estarán sujetas a IRPF sea la causa que fuera, a
partir de un límite exento de 2.000 euros por año trabajado, para todos
aquellos empleados cuyos ingresos anuales sean iguales o inferiores a los
20.000 euros brutos.
A partir de
esos 2.000 euros anuales se tributará de manera progresiva, de tal forma que a
mayor indemnización, se aplicará un tipo impositivo mayor.
La medida viene recogida en el artículo 7.e) de la actual Ley del IRPF que determina
la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador en la
cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores.
Esta medida
resultará de aplicación a todas las indemnizaciones por despidos o ceses
producidos a partir del 20 de junio de 2014.