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18jul

Las Indemnizaciones de despido estarán sujetas a IRPF desde un límite.

Miguel Angel Chamorro Arroyo

Las indemnizaciones por despido estarán sujetas a IRPF sea la causa que fuera, a partir de un límite exento de 2.000 euros por año trabajado, para todos aquellos empleados cuyos ingresos anuales sean iguales o inferiores a los 20.000 euros brutos.

A partir de esos 2.000 euros anuales se tributará de manera progresiva, de tal forma que a mayor indemnización, se aplicará un tipo impositivo mayor.

 

La medida viene recogida en el  artículo 7.e) de la actual Ley del IRPF que determina la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores.

 

Esta medida resultará de aplicación a todas las indemnizaciones por despidos o ceses producidos a partir del 20 de junio de 2014.

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