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4jul

Se puede pactar un nuevo periodo de prueba.

Miguel Angel Chamorro Arroyo actualidad, asociaciones, autonomos, construccion, empleo, emprendedores, empresa, fiscal, laboral, noticias

Se podría pactar un nuevo periodo de prueba siempre y cuando las funciones que se van a desarrollar sean totalmente diferentes a las que tenía en el anterior contrato de trabajo. Por tanto, si es licito incorporar un periodo de prueba en este nuevo contrato de trabajo.

El periodo de prueba sirve o tiene la finalidad de verificar si el trabajador reúne las aptitudes necesarias para prestar sus servicios, y es que al incorporarlo de nuevo a la empresa o al realizar un nuevo contrato de trabajo, usted como empresario, NO TIENE EVIDENCIAS de que realmente sea válido para aquel trabajo.

El periodo de prueba viene regulado en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores o bien en la cláusula tercera del contrato de trabajo.

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