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8feb

Novedades legislativas de 2014 para lograr el éxito empresarial

María Dolores López Mena emprendedores

"Las medidas gubernamentales adoptadas en materia económica, fiscal y laboral que persiguen corregir los desequilibrios existentes en la economía española e impulsar su recuperación requieren un manejo correcto, exacto y planificado de las herramientas jurídicas. No hacerlo puede acabar causando graves problemas".

Entre ellas, el incremento de los costes empresariales por incluirse en la base de cotización conceptos hasta ahora excluidos; que las empresas que no cuenten con mecanismos de prevención de delitos podrán ser multadas y que a partir de este año los empresarios no necesitarán obtener una autorización administrativa para desarrollar una misma actividad económica en cada Comunidad Autónoma.

Novedades, que un año más se orientan por el camino de del incremento de la recaudación.

Este año las modificaciones inciden especialmente en el Impuesto sobre Sociedades y tienen como novedad de mayor calado la limitación a la deducción de las pérdidas por deterioro derivadas de las participaciones en filiales españolas y extranjeras, de los establecimientos permanentes en el extranjero, y de las UTEs  que operen en el extranjero (si bien estos cambios afectarán ya a la liquidación del Impuesto sobre Sociedades que del ejercicio 2013 que se presentará en julio de 2014).

Es decir, las pérdidas obtenidas por una sociedad (EP o UTE que opere en el extranjero) ya no podrán ser comunicadas al socio vía la depreciación del valor de su participación en dicha sociedad. Así, el socio tendrá que esperar a la disolución de la filial o su venta a terceros para hacer efectiva la pérdida en la cartera que posee. Por otro lado, ya durante el ejercicio 2013, se han introducido ciertas modificaciones en el régimen de patent box, que lo flexibiliza y le aporta seguridad; en las deducciones por I+D+it que en un futuro podrán ser convertidas en créditos exigibles contra la administración, independientemente de la capacidad de beneficios de la compañía; y el nuevo régimen de caja en el IVA.

En materia laboral, destacar doscambios normativos del balance de 2013, una - RDLey 11/2013 que introdujo variaciones de calado en los procesos colectivos de modificación de condiciones, despidos o suspensiones de contratos; otra - el RDLey 16/2013 que introduce modificaciones muy relevantes en materia de contratación(principalmente a tiempo parcial) y de cotización a la Seguridad Social, siendo éstas las que tienen una mayor transcendencia por cuanto suponen un incremento de los costes empresariales, dado que se incluyen en la base de cotización conceptos que, hasta la fecha, se encontraban excluidos”.

Las novedades mercantiles introducidas por la ley de Apoyo a los Emprendedores, la polémica doctrina de la última sentencia del Tribunal Supremo sobre el alcance del derecho de información en las juntas generales sobre aprobación de cuentas anuales y las reformas previstas en el actual anteproyecto de ley para la modificación de la Ley de Sociedades de capital, cuya aprobación está prevista para dentro del primer semestre del año en curso. Sobre el último punto y entre las reformas del anteproyecto destacó la exigencia de votación separada de determinadas propuestas de acuerdo,  el hecho de la que la remuneración de los administradores deba ser razonable y acorde con la situación económica de la sociedad y la exhaustiva regulación de los conflictos de interés.

Una de las novedades de 2014 son las nuevas exigencias legales para prevenir la responsabilidad penal de las empresas, a partir de ahora las empresas deberán detectar e individualizar las actividades en cuyo ámbito puedan cometerse delitos y establecer protocolos y códigos de actuación para prevenirlos. Si se produce el hecho delictivo en el seno de una empresa, la persona jurídica sólo quedará exenta de responsabilidad penal siempre que acredite que los mecanismos de control y supervisión eran eficaces y suficientes.

Además, el proyecto de modificación del Código Penal introduce sanciones penales también para los representantes y administradores de las empresas que no adopten las medidas necesarias para lacomisión de delitos.

Con carácter general, los empresarios no necesitarán obtener una autorización administrativa para desarrollar una misma actividad económica en cada Comunidad Autónoma, ya que la autorización que les sea otorgada al efecto por una Administración autonómica tendrá validez en toda España con esta medida se pretende lucharcontra la segmentación del mercado derivado de la pluralidad de regímenes jurídicos en los territorios autonómicos y de sus particularidades. “Esta diversidad regulatoria ha conllevado tradicionalmente incremento de costes, que se desincentive la inversión y que, por tanto, se reduzca la productividad de las empresas que operan en todo el territorio nacional, situación a la que se quiere poner fin con este nuevotexto legal”.

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