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19sep

Medidas de reforma administrativa

Laura Sanchez-Cañete Moreno fiscal

Se ha aprobado la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, que introduce medidas de simplificación administrativa para ciudadanos y empresas, más concretamente, simplifica el procedimiento para las notificaciones que las administraciones públicas efectúen, a partir de la entrada en vigor, el 18 de septiembre (aunque los procedimientos tributarios se hubieren iniciado con anterioridad), modificando para ello la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo y la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Queremos hacer mención a un hecho trascendente en el desarrollo de este procedimiento, cual es que la Administración tributaria deberá efectuar la notificación al interesado o a su representante, al menos dos veces en el domicilio fiscal, o en el designado por el interesado si se trata de un procedimiento iniciado a solicitud del mismo; sin embargo, será suficiente un solo intento cuando el destinatario conste como desconocido en dicho domicilio o lugar.


Además, se regula que "Las Administraciones Públicas deberán admitir todos los certificados reconocidos incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” (TSL) establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo", para unificar el uso de los certificados digitales y que éstos sean admitidos en todas las administraciones.


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