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6oct

El sector hospitalario privado tendrá que pagar 80 millones más por la subida del IVA de productos sanitarios

Laura Sanchez-Cañete Moreno actualidad, fiscal, particulares


La entrada en vigor de la norma reguladora del IVA que contempla la subida en la tributación del 10 al 21% en ciertos productos sanitarios, y que debe aplicarse desde el 1 de enero de 2015, implicará un incremento de costes para el sector hospitalario privado de 82.809.206 euros, según el Informe ‘Análisis del impacto de la subida del IVA en el sector sanitario privado español’, desarrollado por Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (IDIS).

   “Esta grave situación tendrá un impacto negativo en el mercado hospitalario privado y afectará a sus profesionales, fabricantes, distribuidores de los productos afectados y, en consecuencia, a los pacientes y a la sostenibilidad del sistema”, asegura Manuel Vilches, director general del IDIS.

   El informe, que ha permitido estimar ese incremento de costes en el 0,8% de los ingresos, analiza cómo la subida del IVA podrá afectar a los costes de diversos suministros (materiales, radiología, laboratorio, suturas e instrumentos) y, por otro lado, a las inversiones en equipos y tecnologías (que representan el 2,5% del volumen de ingresos).

   Su extrapolación al mercado hospitalario privado muestra el impacto de la puesta en marcha de esta norma, que implicará una reducción de los resultados en EBITDA de un 8% de media. Y esto supone que el 53% de los hospitales privados en España tendrá resultados en EBITDA menores de 500.000 euros. “Estos datos muestran que muchos centros entrarán en pérdidas o tendrán que reestructurarse con la consiguiente reducción de la provisión sanitaria para los pacientes” explica Vilches

   Esta subida, que debe de adoptarse tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en enero de 2013 por el incumplimiento de España a la Directiva Europea del IVA, y donde instaba a España a aplicar el 21% del IVA para materiales y productos sanitarios.

   De este modo, los equipos médicos, aparatos, productos sanitarios y demás instrumental, de uso médico y hospitalario, son el grueso de productos más afectados por la modificación del tipo impositivo, al pasar a tributar, con carácter general, del tipo reducido del 10 por ciento al 21 por ciento.

   Mientras, que seguirá manteniéndose la tributación del 10% para los productos que, por sus características objetivas, estén diseñados para aliviar o tratar deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales. Es el caso, por ejemplo, de gafas y lentillas, prótesis, implantes quirúrgicos, sillas de ruedas, absorbentes de incontinencia, dispositivos de tratamiento de diálisis domiciliaria o tratamientos respiratorios.


MADRID, 1 Oct. (EUROPA PRESS)


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